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Tasas de Retención de Impuestos para Contribuyentes del Régimen de Plataformas Digitales 2021

9 diciembre, 2020by heigen0

El pasado 8 de Diciembre de 2020 se publico en el Diario Oficial de la Federación el Decreto en el que se reforman diversos artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, dada la importancia hablaremos en esta ocasion del cambio al articulo 113-A en lo referente a las tasas de retención de ISR e IVA para los contribuyentes que tributan en el Régimen “De los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares“, y que se dedican particularmente a la prestación de servicios y enajenación de bienes, prestación de servicios de hospedaje, así como la prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes a través de plataformas tecnológicas como son: UBER, DIDI, RAPPI, CABIFY, MERCADO LIBRE, AMAZON, AIRBNB,  entre otras.

 

Reforma al articulo 113-A

El articulo 113-A fue reformado para quedar como sigue:

Artículo 113-A. …
La retención se deberá efectuar sobre el total de los ingresos que efectivamente perciban las personas físicas por conducto de los citados medios a que se refiere el primer párrafo de este artículo, sin incluir el impuesto al valor agregado. Esta retención tendrá el carácter de pago provisional. Al monto total de los ingresos mencionados se le aplicarán las siguientes tasas de retención:
I.        Tratándose de prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes la retención se hará por el 2.1%.
II.       Tratándose de prestación de servicios de hospedaje la retención se hará por el 4%.
III.      Tratándose de enajenación de bienes y prestación de servicios la retención se hará por el 1%.
Cuarto párrafo. Se deroga.

 

La tasa única, según la comisión dictaminadora de la cámara de diputados, fue diseñada para cada tipo de actividad económica que realizan los contribuyentes de este régimen, y para dotar de facilidades administrativas a dichos contribuyentes.

Así las cosas, el nuevo año 2021 trae beneficios fiscales para los contribuyentes del Régimen de “Plataformas Tecnológicas”.

Si usted requiere orientación fiscal sobre este tema, no dude en contactarnos!.

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